Cómo empezar un negocio en España: un proceso que lleva al éxito.

Consejos prácticos para saber cómo abrir un negocio sin tropiezos. Con un concreto asesoramiento para iniciar un negocio y poner en marcha cualquier idea.

Una vez que se ha tomado la decisión de abrir un nuevo negocio hay algunos pasos necesarios antes de poder ver la actividad abierta y operativa. En España existen aspectos importantes y obligatorios que hay que tener en cuenta a la hora de poner un negocio.

Proyecto Empresarial

Factores que hay que tener en cuenta para abrir un nuevo negocio (el plan de Empresa):

  • La definición de la actividad que quiere desarrollar,
  • la planificación global,
  • el examen de riesgos,
  • el análisis financiero,
  • la viabilidad del negocio,
  • el estudio y estrategia de mercado.

Constitución de Empresa

Aunque los trámites en España parezcan complejos en realidad no lo son, pueden ser engorrosos y tomar tiempo, pero para hacer las cosas correctamente se requiere de esfuerzo y dedicación.

  • Revise las normas ya que cambian con rapidez no existe un modelo único de estos trámites porque cada comunidad autónoma y cada ayuntamiento establece los requisitos y las tasas según su propio criterio, pero no debe ser una excusa para no emprender, es suficiente iniciar los trámites con antelación.
  • La información actualizada de la correspondiente administración evita perdidas de tiempo y energía. No hay que olvidar que todo momento es bueno para pedir asesoría para poner el negocio de sus sueños
  • Elija la forma jurídica: como emprendedor es necesario conocer el tipo societario que más se ajusta a sus necesidades; sociedad anónima, sociedad limitada, cooperativa…

Proceso de tramitación

  • Obtención de la Certificación negativa del nombre de la sociedad (CNN), es un certificado acreditativo de la no existencia de otra Sociedad con el mismo nombre y se tramita en las oficinas del Registro Mercantil Central.
  • Deposito del Capital social en una entidad bancaria, entra en el pasivo del balance con función de garantía hacia terceros.Una sociedad limitada requiere de un capital social inicial de 3.000 euros mientras que la sociedad anónima mínimo de 60.000 euros.
  • Solicitud del NIF provisional en la Agencia Tributaria, presentando la documentación necesaria (modelo 036, copia de la escritura de constitución y copia de los estatutos). Después el definitivo (antes de los 6 meses) al presentar los documentos originales.
  • Firma de la Constitución de la Sociedad ante notario con una escritura pública firmada por todos los socios.
  • Inscripción en el Registro Mercantil Provincial donde la empresa esté domiciliada. Así se obtiene la plena competencia jurídica.
  • Alta en Impuesto sobre Actividades Económicas en una oficina de la Agencia Tributaria, según las actividades empresariales de la sociedad.
  • Legalización de los libros de sociedades (libro diario, libro de inventarios y cuentas anuales) presentándolos ante el Registro Mercantil de la provincia, donde el registrador mediante una diligencia y sellado valida la originalidad de los libros para evitar su posterior manipulación.
  • Registro de signos distintivos como palabras, frases, imágenes o símbolos en la Oficina Española de Patentes y Marcas, para proteger la denominación como marca.
  • Para la puesta en marcha hay otros trámites administrativos según la actividad que deberá controlar y en caso de contratación hay que comunicarlo a la Dirección Provincial del Ministerio de Empleo y Seguridad Social.
  • Por último, es recomendable obtener un certificado electrónico para la firma de documentos electrónicamente.

Recapitulando, recuerde que el asesoramiento para iniciar un negocio es fundamental a fin de evitar errores y perder tiempo con tramites innecesarios. Además de que se puede encontrar información sobre las ayudas e incentivos a la hora de crear empresa, ofrecidos por las administraciones públicas y organismos relacionados.

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